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Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda Prograsica "Tu Casa"
Reglas de operación (documento pdf)
Montos (documento pdf)

Área responsable del programa:
Gerencia de Crédito de la Dirección General de FONHAPO
Funcionario responsable:
Ing. Juan Manuel González García
Domicilio:
Insurgentes Sur 3483
Col. Miguel Hidalgo
Delegación Tlalpan
Teléfono:
52 29 09 01
Correo electrónico:
jmglez@fonhapo.gob.mx
Fecha de publicación de las Reglas de Operación:
Diario Oficial de la Federación del 27 de febrero de 2003, pagina 9.
Pagina de Internet
www.fonhapo.gob.mx
www.conafovi.gob.mx
www.sedesol.gob.mx.


¿Dónde se aplica el programa?
Tiene cobertura nacional para la población en situación de pobreza.
Se podrá desarrollar en cualquier localidad urbana, suburbana o rural del país.
Modalidades: adquisición, edificación, ampliación o mejoramiento de vivienda.

¿Quiénes son los beneficiarios?
-Jefes y jefas de hogar, cuyo ingreso familiar no exceda 3 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

-Derechohabientes INFONAVIT, FOVISSSTE.

-Institutos de Seguridad Social de los Trabajadores al Servicio de las Entidades Federativas, en este caso, los beneficiarios serán jefes y jefas de hogar, cuyo ingreso individual no exceda 2 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, o cuyo ingreso familiar no exceda el equivalente a 3 veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

¿Cuáles son las modalidades del Programa?
-“Iniciamos tu Casa”: para adquisición o edificación de una unidad de vivienda;

-“Crecemos tu Casa”: Ampliación de vivienda, y

-“Mejoramos tu Casa”: para mejoramiento de vivienda.


¿Cómo se financia el programa?
-Los recursos del Programa se aplicarán otorgando a los beneficiarios un subsidio federal.
-Se complementará la aportación de los gobiernos estatal o municipal o de ambos.
-Al ahorro del beneficiario.

Cuando sea el caso, al crédito otorgado por los organismos nacionales, estatales o municipales de vivienda, las Entidades de Ahorro y Crédito Popular registradas.

Las entidades federativas o municipios participantes deberán de comprometerse a otorgar, al menos, un apoyo de igual valor al federal, el cual podrá ser recuperable a juicio de la Instancia Ejecutora.

¿Cuáles son los montos de apoyo y del ahorro previo del beneficiario?
Modalidades, el subsidio federal se aplicará en: “Iniciamos tu Casa”: para adquisición o edificación de una unidad de vivienda; “Crecemos tu Casa”: Ampliación de vivienda, y “Mejoramos tu Casa”: para mejoramiento de vivienda.

Monto máximo de subsidio federal para adquisición o edificación será de hasta $32,000.00 por unidad de vivienda. El ahorro mínimo del beneficiario para unidad básica de vivienda será de $8,000.00.
En los casos de unidad intermedia y meta de vivienda el ahorro previo deberá ser como mínimo el 10% del valor total de la unidad de vivienda.

Edificación de unidad básica de vivienda en terreno propiedad del beneficiario, será de hasta $16,000.00 por unidad de vivienda. El ahorro mínimo del beneficiario será de $8,000.00.

Edificación de unidad intermedia y meta de vivienda en terreno propiedad del beneficiario, será de hasta $32,000.00 por unidad de vivienda. El ahorro mínimo del beneficiario será el 10% del valor total de la unidad de vivienda.

Ampliación o mejoramiento físico de vivienda será de hasta $16,000.00; el ahorro previo del beneficiario será de 10% del valor total de la ampliación o mejoramiento que se realice.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al subsidio?
-Cuando sean derechohabientes del INFONAVIT, FOVISSSTE, o de organismos de Seguridad Social de las entidades, los apoyos se otorgarán de acuerdo a los Convenios Especiales que celebren dichos Organismos con el FONHAPO y los gobiernos estatales o municipales interesados.

-Beneficiarios del Programa de Desarrollo Humano “Oportunidades” que hayan acumulado recursos a través de la “Plataforma de Oportunidades” y cumplan con los requisitos establecidos por el Programa “Tu Casa”, podrán utilizar el ahorro acumulado como parte del ahorro previo necesario.

-Cuando el número de solicitantes calificados sea mayor a los subsidios disponibles, se atenderán preferentemente a los de menores ingresos, conforme al puntaje de las Cédulas de Información Socioeconómicas (CIS).

¿Cuáles son las obligaciones de los beneficiarios?
A la notificación que ha sido calificado, dispondrá de un plazo de hasta 15 días naturales, contados a partir del día en que fue hecha la notificación, para comprobar el requisito del ahorro previo.

Presentación de un documento que acredite dicho ahorro en alguna Entidad de Ahorro y Crédito Popular o institución bancaria.

Beneficiarios del Programa de Desarrollo Humano “Oportunidades” en su componente “Plataforma de Oportunidades” que hayan acumulado recursos en una cuenta de Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. (BANSEFI) se les reconocerá como parte del ahorro previo requerido. Cuando el monto ahorrado a la fecha de solicitud no sea suficiente, deberán completarlo hasta alcanzar la cantidad requerida.

¿Cuáles las causas de incumplimiento y devolución de subsidios?
Faltar a lo establecido en estas Reglas de Operación.

Haber declarado con falsedad en la CIS.

Rentar o utilizar la vivienda para fines distintos al habitacional durante los primeros 3 años, contados a partir de la entrega del subsidio federal.

Que durante los primeros tres años de habitar su vivienda nueva, el beneficiario del programa venda la unidad de vivienda recibida.

Observaciones:
Para llevar a cabo una adecuada coordinación institucional, el FONHAPO elaborará y dará a conocer la distribución inicial de subsidios por entidad federativa, durante el primer bimestre del año.

Los gobiernos municipales que deseen participar en el Programa por cuenta propia podrán hacerlo previo acuerdo del H. Ayuntamiento o Cabildo y deberán contar con la capacidad operativa y financiera para operar el Programa, a juicio de la Instancia Normativa o de la Delegación.

La Instancia Ejecutora tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones: presentar al FONHAPO por conducto de la Delegación su propuesta de participación en el Programa “Tu Casa”, a más tardar 20 días naturales posteriores a la publicación de estas Reglas.

Dar a conocer a los municipios las bases para participar en el Programa “Tu Casa”, entregando a la Delegación el acuse de recibo del comunicado entregado al Municipio;

La SEDESOL publicará estas Reglas en el Diario Oficial de la Federación. De igual forma, deberán publicarse en las páginas electrónicas www.fonhapo.gob.mx, www.conafovi.gob.mx y www.sedesol.gob.mx. Asimismo, el FONHAPO y la Delegación las mantendrán a disposición de la Ciudadanía en sus oficinas.
En los municipios donde se programen apoyos, los gobiernos municipales convocarán a la población a participar, de acuerdo a lo establecido en esas Reglas.

Con base en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2003, la asignación de recursos federales del Programa, FONHAPO procederá a asignar el 30% del total de los recursos a partes iguales entre las 32 entidades federativas. El restante 70% se asignará conforme a la fórmula establecida.