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Fondo para la Modernización de la Educación Superior
Reglas de operación (documento pdf)

Área responsable:
Dirección de Desarrollo Universitario
Funcionario responsable:
Dr. Oscar Comas Rodríguez
Domicilio:
Av. San Fernando N° 1,
Col. Toriello Guerra
Delegación Tlalpan
C.P. 14050
Teléfono:
57-23-67-42
Fecha de publicación de las Reglas de Operación:
Diario Oficial de la Federación del 2 de mayo de 2003, pagina 90, tercera sección.
Pagina de Internet:
www.sep.gob.mx
www.sesic.sep.gob.mx


¿Cuál es la cobertura del programa?

La cobertura de atención del presente programa se extiende a 81 instituciones de educación superior públicas en el país.

¿Cuál es la población objetivo?

Las 81 instituciones de educación superior que es la población objetivo del programa se encuentran enlistadas en el inciso 4.2 de las Reglas de Operación.

¿Quiénes son los beneficiarios del programa?

Serán beneficiarios del Programa las IES públicas y sus DES en las que están adscritos los profesores integrantes de los CA consolidados o en vías de consolidación, así como los programas educativos y los estudiantes que en ellos se encuentren inscritos, para lo cual es necesario que cuenten con mecanismos y
estrategias institucionales para la mejora de su calidad o estén cercanos a la acreditación, y aquellos procesos de gestión académico-administrativa que estén en vías de certificación.

¿Cuáles son los montos de apoyo que otorga el programa?

La SESIC podrá otorgar hasta un máximo de 70 millones de pesos por institución en el marco de este Fondo para impulsar su Programa Integral de Fortalecimiento Institucional, en una exhibición única durante los meses de noviembre o diciembre de este año.

La asignación de los recursos se hará con base en:
El techo presupuestal anual establecido para la operación del Programa.

El resultado del dictamen integral de evaluación del PIFI y de sus ProDES y ProGES y proyectos asociados, cuyo objetivo sea la mejora de la calidad de los programas educativos que ofrecen para lograr su acreditación por organismos especializados reconocidos formalmente por el Consejo para la Acreditación de la Educación Superior, COPAES o su registro en el PNP SEP-CONACyT, así como aquellos esfuerzos orientados a alcanzar la certificación de los servicios y procesos más importantes de la gestión académico-administrativa con normas internacionales tipo ISO 9000:2000.

La calendarización institucional de los proyectos específicos en el marco de los ProDES y ProGES.

La evaluación del cumplimiento de metas establecidas en su PIFI y en los proyectos apoyados en años anteriores.

¿Cuáles son los requisitos para contar con el apoyo?

Sólo se recibirán solicitudes de las instituciones que aparecen en el apartado 4.2, o los que en su caso autorice la SESIC.

La institución postulante presentará a la Dirección General de Educación Superior, DGES, su solicitud con su respectivo Programa Integral de Fortalecimiento Institucional en cuatro tantos impresos y encuadernados individualmente, conforme a los Lineamientos para la actualización y presentación del PIFI, dados a conocer por la SESIC, en febrero de 2003, en su página web con clave www.sesic.sep.gob.mx, y en el plazo fijado en la respectiva convocatoria. Asimismo la acompañará con 4 CD’s conteniendo los archivos electrónicos, claramente ordenados bajo un índice y con nombres que permitan su rápida ubicación.

El contenido del PIFI deberá ser:
Descripción del proceso llevado a cabo en la actualización del PIFI
Autoevaluación institucional
Políticas de la institución para actualizar el PIFI y formular los ProDES y el ProGES
Planeación en el ámbito institucional
Autoevaluación institucional de los ProDES
Contextualización de los Programas de Fortalecimiento de cada una de las DES (ProDES) en el PIFI
Contextualización del Programa de Fortalecimiento de la Gestión Institucional (ProGES) en el PIFI
Valores de los indicadores institucionales a 2003, 2004, 2005 y 2006
Consistencia interna del PIFI
Conclusiones

Los proyectos que formen parte de los ProDES y ProGES en el marco del PIFI y que tengan como objetivo la mejora de la calidad deben tener una duración de un año fiscal. En casos plenamente justificados éstos podrán continuar más allá de este límite, recibiendo financiamiento para periodos subsecuentes previa dictaminación de la solicitud de la etapa correspondiente y evaluación del cumplimiento de las metas de la etapa anterior, y en función de la disponibilidad de recursos.