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Programa de Desarrollo
Parcelario
Reglas de operación
(documento pdf)
Área
responsable:
Gerencia de Distritos y Unidades deS Riego
Funcionario responsable:
Ing. Luis Rendón Pimentel
Domicilio:
Insurgentes Sur 1960, sexto piso
Col. Florida
Teléfono:
91-59-24-07 y 91-59-24-08
Correo electrónico:
gsaavedra@fgo.cna.gob.mx
Fecha de publicación de las Reglas
de Operación:
Diario Oficial de la Federación del 7 de abril de 2003, pagina 23, primera
sección.
Pagina de Internet:
www.cna.gob.mx
www.semarnat.gob.mx
¿Quiénes son los beneficiarios del
Programa?
Está dirigido a los 506,317 usuarios (ejidatarios y pequeños propietarios)
representados en las 439 ACU (Asociaciones Civiles de Usuarios), a las que
les ha sido concesionada la infraestructura hidroagrícola para el riego de
3’309,761 hectáreas de los Distritos de Riego, ubicados en 30 Estados.
¿Cuáles son las
obras y los montos de apoyo?
Los apoyos a este programa se otorgarán por única vez, hasta completar el
parque óptimo de maquinaria de las ACU y las SRLDR en los siguientes
conceptos:
-Adquisición de
maquinaria y equipo de conservación: tractor bulldozer, excavadora hidráulica
de largo y mediano alcance, retroexcavadora/cargadora, motoconformadora,
camión de volteo, grúa hidráulica sobre camión; tractocamión con cama baja,
tractor agrícola con equipo ligero de conservación de canales y drenes;
equipo ligero de conservación de canales y drenes.
-Adquisición de
maquinaria y equipo para nivelación de tierras consistente en: tractor
agrícola, transmisor-receptor láser, escrepas acarreadoras y/o niveladoras.
Para la componente
contemplada en este programa, la CNA podrá aportar hasta el 50% del costo
total y los usuarios beneficiados el porcentaje restante.
El Gobierno del Estado
podrá otorgar recursos que se aplicarán en la parte correspondiente a los
productores.
La suma de las aportaciones del Gobierno Federal para la adquisición de
maquinaria y equipo en una ACU o SRLDR podrá ser hasta por un monto de
$2’000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.) por año.
¿Cuáles son los
requisitos para acceder al apoyo?
Sólo podrán participar las ACU y SRLDR que presenten:
-Constancia de estar al corriente del pago de las anualidades del programa de
desarrollo parcelario (PRODEP), expedida por la Gerencia de la CNA en el
Estado.
-Validación por la
Gerencia de la CNA en el Estado, de que la maquinaria y equipo solicitada
está dentro del parque óptimo requerido por la ACU o SRLDR conforme al
balance de maquinaria calculado en función de necesidades medias anuales de
conservación normal de infraestructura versus inventarios de maquinaria 2002.
-Carta compromiso de
aportación de recursos para la adquisición del equipo convenido.
-Conforme al
diagnóstico de necesidades medias anuales de conservación, el programa de
trabajo factible de realizar por la unidad durante su vida útil en la
conservación de infraestructura o nivelación de tierras, según el caso,
autorizados por la CNA.
-Carta-compromiso de la
solvencia económica de la ACU o SRLDR para la operación, mantenimiento y
aseguramiento de la unidad.
-Presupuesto para la
adquisición de la unidad.
-Programa de
utilización de maquinaria y equipo de la unidad en su primer año.
-Adicionalmente, las
propuestas de adquisición de maquinaria y equipo elegibles de participar en
los beneficios del programa se priorizarán tomando en cuenta el balance e
inventarios de maquinaria y equipo bajo el siguiente esquema:
Para completar el parque óptimo requerido, en primer término beneficiando a
las ACU y SRLDR que al momento de solicitud cuenten con menos del 50% de las
unidades necesarias.
Que cuenten las ACU y SRLDR con disponibilidad de recursos.
En el caso de que las solicitudes excedan el monto anual asignado al
programa, el Subcomité Hidroagrícola seleccionará a las ACU que tienen
derecho a los apoyos del mismo, evaluando con el balance de maquinaria
conforme a las necesidades medias anuales de conservación de cada ACU y/o
SRLDR su justificación para la adquisición.
Observaciones:
Los recursos federales que se otorgan para el presente ejercicio fiscal en
este programa son de $510,000.00 (quinientos diez mil pesos 00/100 M.N.).
Si para el 30 de mayo
del año 2003, los Estados, Municipios y Usuarios no aportan oportunamente los
recursos económicos a los que se comprometan en los convenios y acuerdos, la
CNA podrá reasignar a otros Estados los recursos previstos en este programa.
La maquinaria y equipo
deberán ser nuevos y cumplir con las especificaciones técnicas autorizadas
para la adquisición de maquinaria y equipo de conservación y para nivelación
de tierras.
La CNA establecerá en
los manuales de operación las especificaciones técnicas para la adquisición
de maquinaria y equipo de conservación y para nivelación de tierras, así como
lo relativo a los procesos de licitación y mecánica operativa de este
programa.
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